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NICARAGUA: ANÁLISIS PRELIMINAR DE LA MISIÓN INTERNACIONAL SOBRE ACCESO A LA JUSTICIA Y FEMICIDIO

Julia Monárrez*

Nicaragua es un claro ejemplo, como en otras naciones, de que la violencia en contra de las niñas, adolescentes y mujeres por diferentes motivos y por diferentes agresores: conocidos o desconocidos ocurren en un contexto de discriminación sistemática contra la mujer. En este sentido, las mujeres nicaragüenses enfrentan una violencia estructural. Por este motivo, esta Misión Internacional: “Por el Acceso a la Justicia de las Mujeres en la Región Mesoamericana” enmarcamos nuestra visita, dentro de otros instrumentos internacionales que protegen los derechos a la vida de las mujeres, en la Sentencia que la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó a México el pasado 2009, conocida como la Sentencia del Campo Algodonero por el feminicidio de una niña y dos jóvenes: Brenda Herrera Monreal, Laura Berenice Ramos Monárrez y Claudia Ivette González y señaló, retomando otras recomendaciones que organismos internacionales de derechos humanos habían ya expresado que:

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Integrantes de la Misión Internacional: Luz Estrada, Victoria de Pablo, Julia Monárrez, Roxana Arroyo y Socorro Silva de la Red Contra la Violencia en Nicaragüa. Foto RIF-FIRE.

1. El género de la víctima parece ser un factor significativo para que hayan sido objeto de estos crímenes, de estos asesinatos,  y las diferentes violencias que se han ejercido contra ellas.
2. Es un problema con hondas raíces culturales donde se valora la superioridad del hombre y la inferioridad y subordinación de la mujer a ellos.
3. Tampoco son casos aislados, aunque se trate de violencia doméstica, violencia intrafamiliar, mujeres abusadas sexualmente, mujeres mutiladas, mujeres maltratadas y torturadas. Estas violencias no son esporádicas ni eventuales. Son situaciones estructurales “de un fenómeno social y cultural enraizado en las costumbres y mentalidades” son los efectos de “una cultura de violencia y discriminación basada en el género”.

Esta Misión Internacional,  en una reunión con víctimas, familiares de víctimas y organizaciones de la sociedad civil y mujeres feministas que luchan para prevenir, investigar, sancionar y erradicar  la violencia contra las mujeres por razones de género,  hemos encontrado los siguientes obstáculos que limitan el derecho a la vida de las mujeres, las adolescentes y  las niñas de Nicaragua a una vida libre de violencia. En estos testimonios identificamos fallas jurídicas, de políticas públicas y de una cultura de respeto a los derechos humanos de las mujeres desde un enfoque de género que a continuación detallamos.


Elementos estructurales que impiden el avance de las mujeres: el sistema inequitativo de la desigual división de poder entre los hombres y las mujeres, donde la subordinación de la mujer  requiere de una transformación cultural profunda en todos los ámbitos de la sociedad nicaragüense.


Aunado a esta discriminación, existen otras que potencian la violencia: el origen étnico, la desigual distribución económica de la riqueza social, el lugar de residencia,  la división de las personas en ciudadanías que cuentan y otras que no cuentan. En quienes tienen dinero para comprar su inocencia y quienes carecen de éste para obtener justicia. En pactos políticos que garantizan los intereses de los grupos en el poder y dejan en el desamparo  a quienes exigen justicia.


El caso de Fátima: la violencia sexual contras las mujeres es un acto de tortura. Ella lo ha sufrido, pero además, se ha permitido que exponga su cuerpo a una lenta agonía que la puede llevar a la muerte, junto con su padre que la acompaña, para acceder a la justicia. El Estado no puede permitir otra falta de respeto al cúmulo de  los derechos violentados de Fátima y su familia.


El caso de Susana Zamorano que ha quedado sin manos, porque se las cercenó su pareja,  debe ser una llamada de alerta para que el Estado tome medidas urgentes que prevengan otra violencia. En ella destaca un cúmulo de violencias ejercidas por parte del esposo, por quien fue a comer a su casa y por una comunidad que se daba cuenta del maltrato pero que no le puso el alto.


El que uno de las familiares de la víctima haya asesinado a quien le infringió tal daño a su tía, no debe ser utilizado por las instituciones de procuración de justicia como caso cerrado. Ella tiene un gran dolor psicológico, una pena enorme y unos hijos que vieron el mutilamiento de la madre y que además necesitan terapia.


En los casos de dos mujeres que ha sido declaradas como muerte por suicidio y la otra muerte por maternidad: no se toman en cuenta, la violencia: sexual, física, emocional, psicológica, económica y otras ejercidas contra ellas por parte de sus parejas desde el inicio de la relación. Habida cuenta de un sinfín de contradicciones en los procesos penales de estos casos.


Violencia simbólica que no es tomada en cuenta en el momento de analizar los actos violentos que se ejercen en el cuerpo de la víctima: i e : apuñalamiento de senos, golpes en los pechos y pezones, golpes y puntapiés en el vientre de mujeres embarazadas. etc.


Los hogares, las escuelas y las comunidades, desde el momento que permiten la violencia contra las mujeres: disciplinan a ellas y a los hombres para que acepten los papeles que se les ha impuesto. A ellas, a  ser víctimas de la torutura y a ellos poder ser agresores, y si no se castiga y queda impune, invitar a otros para que hagan lo mismo.


El que no haya juzgados cerca de donde se cometen los hechos violentos, desalienta a la víctima y a las y los testigos para que sigan con el caso hasta que se dicte sentencia al agresor. Esto es porque gastan dinero en el bus o en el cayuco y en todos los menesteres que son necesarios cuando salen de casa. Pero además, pueden perder días de trabajo y el ingreso económico que de éste se deriva. Esto en palabras de un familiar  víctima de feminicidio hace que la justicia derive en “La ley del más fuerte o la ley del que tiene suerte”.


Las niñas merecen atención especial por ser menores y mujeres: en algunos casos ellas han sido víctimas de abuso sexual por quienes debían haberlas protegido  y cuidado. Sus derechos sexuales y reproductivos han quedado destruidos.


Familiares de víctimas reclaman el derecho de tener la patria potestad de las hijas e hijos de las mujeres asesinadas por sus conyuges. Para ellas y ellos es inadmisible que quien mató a la madre de estos pequeños pueda darles un proyecto de vida lleno de amor y respeto a la vida humana y en especial a las mujeres.


La violencia sexual contra las niñas no sólo se ejerce por padres, padrastros, también por maestros que están a cargo de la formación de estas pequeñas.  Los ministerios de educación y el Estado no puede permitir esta impunidad y esta violencia que deja a las niñas con graves secuelas en el desarrollo de su personalidad y su vida afectiva, emocional y sexual. Despues de una violencia sexual nada es igual.


La violencia contra las mujeres es tolerada, protegida, y con una amplia participación por familiares de los agresores.


Hay figuras hipermasculinizadas: militares, cuerpos policiacos que ejercen la violencia  letal contra las mujeres y reciben el apoyo y protección de las fuerzas corporativas de sus instituciones quienes amenazan  a  sus familiares, comunidades y funcionarios que ejercen justicia.


Las mujeres que huyen de sus agresores se les quitan sus bienes económicos y las dejan sin ningún sustento material y en una indefensión terrible, y además penden sobre ellas amenazas de muerte para ellas, sus hijas e hijos y familiares.


Las escenas del crimen no se preservan, tampoco las evidencias tienen la debida custodia.


Por último queremos llamar la atención al Estado nicaraguenese sobre la tarea tan importante que realizan las organizaciones de mujeres y de la sociedad civil que acompañan a víctimas-sobrevivientes de la violencia letal contra la mujer. Ellas deben ser auxiliadas y apoyadas en todo momento por los agentes del Estado y las instituciones que emanan de este para llevar a cabo su labor.

Son necesarias campañas de sensiblización sobre el dolor que sufren las niñas y las mujeres  víctimas de violencia de género.
Urge la reparación del daño a las víctimas y familiares de víctimas. Es necesario su indeminzación, su compensación, su sanación emocional, psicologica, moral y social.


La reparación además de resarcir a las víctimas el daño ocasionado, también debe corregir y transformar las situaciones de violencia y discriminación que sufren las niñas, adolescentes y mujeres víctimas de violencia de género en Nicaragua.

*La Doctora Monárrez es investigadora, experta en el tema de femicidio del Colegio de la Frontera Norte en México. Ha investigado ampliamente sobre feminicidios en Ciudad juárez y fue perita en el caso del Campo Algodonero presentado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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