En los últimos
nueve años, 15 países de la región Latinoamericana
y del Caribe, aprobaron leyes relacionas a la violencia doméstica.
La primera ley surgió en Puerto Rico, 1989, cuando se aprobó
el primer instrumento jurídico denominado Ley Número 54 para
la Prevención e Intervención contra la Violencia Doméstica.
Esta ley marcó un hito en cuanto a la tipificación y sanción
de los delitos de maltrato mediante amenaza o restricción de la
libertad y el delito de agresión sexual conyugal, así como
al establecimiento de órdenes de protección para las víctimas
de violencia doméstica.
En 1991 en el Salvador se aprobó la Ley de la Mujer Golpeada la
cuál estableció medidas cautelares como la salida obligatoria
del agresor del hogar, y medidas de prevención, educación
y rehabilitación.
En 1994 se aprueba en Chile la ley sobre Violencia Intrafamiliar. En ese
mismo años Argentina avala la Ley Número 24.417 de protección
contra la Violencia Familiar. Ambas contemplan la exclusión del
hogar del agresor, como una medida a tomar por los despachos judiciales.
El año 1995 Ecuador aprobó la Ley contra la Violencia a la
Mujer y a la Familia.
En 1996 en Costa Rica se aprobó la Ley contra la Violencia Doméstica.
Tanto la ley de Ecuador como la de Costa Rica establecen medidas
cautelares; la de Costa Rica contempla 18 medidas de protección
a favor de las víctimas.
En 1998 sé aprobrobó en Venezuela la Ley sobre la Violencia
contra la Mujer y la Familia, que reconoce al maltrato contra la mujer
como un delito. La misma ley castiga el acoso sexual.
Durante estos últimos nueve años Bolivia, Colombia, Perú,
México(1998), Nicaragua (1996), Panamá (1995), Paraguay,
Las Bahamas y República Dominicana (1997), junto con el resto de
los países mencionados, han aprobado leyes o artículos de
reforma a sus respectivos Códigos Penales para establecer la violencia
doméstica tomando en cuenta la agresión física y psicológica.
Algunas leyes, además, consideran la violencia sexual (Costa Rica,
Ecuador, Puerto Rico) y la patrimonial (Costa Rica). La mayoría
de estas leyes no tiene un lenguaje de género específico,
excepto la de República Dominicana, sino que contempla a todos los
miembros de la familia como posibles víctimas de violencia doméstica.
Costa Rica, Puerto Rico, Argentina, Paraguay y Uruguay han incorporado
el concepto de acoso sexual en sus legislaciones, ya sea a través
del Código de Trabajo o por leyes dedicadas particularmente sobre
hostigamiento sexual.
El Código de Trabajo de Chile no contempla esta clase de violencia,
sin embargo por interpretación la conducta inmoral grave podría
sancionarse como una conducta de acoso.
Igualmente importante en la región latinoamericana fue la creación
de Institutos y Ministerios de la Mujer, las Comisarías de la Mujer
y las Defensorías de la Mujer.
En 1987 se crea el Instituto de la Mujer en Uruguay como dependencia del
Ministerio de Educación y Cultura. Perú cuenta con un Ministerio
de la Mujer y recientemente Costa Rica (1998) transformó el Centro
Nacional para el Desarrollo de la Mujer y la Familia en el Instituto Nacional
de las Mujeres, cuya directora es, además, Ministra sin cartera
de la Condición de la Mujer.
En 1998 en Honduras el Congreso Nacional aprobó una Ley para la
Creación del Instituto de la Mujer con rango ministerial.
En Argentina existe el Programa Nacional de Promoción de la Igualdad
de Oportunidades; en Brasil el Consejo Estatal de la Condición Femenina;
en Bolivia la Secretaría de Género.
En Chile el Servicio Nacional de la Mujer, SERNAM, con rango ministerial;
en Colombia la Consejería Presidencial de la Mujer; en Cuba la Federación
de Mujeres Cubanas; en Ecuador la Dirección Nacional de la Mujer;
y en México y Paraguay la Secretaría de la Mujer. También,
en varios países se han aprobado Planes de Igualdad de Oportunidades,
como es el caso de República Dominicana y Chile.
Antes de 1993 surgieron las Comisarías de la Mujer en Brasil y Argentina.
Posteriormente en Colombia (1993) y Ecuador (1994). En Costa Rica existe
la Delegación de la Mujer como dependencia del Ministerio de la
Condición de la Mujer.
En 1994 se creó la Defensoría Adjunta de la Mujer, dependiente
de la Defensoría del Pueblo, en Perú. Dicha institución
ya existe en Guatemala, México, El Salvador, Costa Rica y Colombia.